Cobro de AFP : ¿Qué pasa si tengo deuda con el banco donde me depositan ?

La SBS (Superintendencia de Banca y Seguros) advirtió que los fondos pierden la condición de intangibilidad con la ley aprobada por el Congreso al retiro del 25% .

A partir de este 18 de mayo se podrá retirar el 25% de las AFP, y ya muchas personas tienen la duda de que no podrán disponer de su dinero debido a que tienen alguna deuda.

La Superintendencia de Banca y Seguros publicó un comunicado advirtiendo a lo afiliados sobre la pérdida de la condición de intangibilidad , debido a la nueva ley.

Fuente : Andina
Fuente : Andina

Pérdida de la condición de intangibilidad

“La cuenta de aportes obligatorios que administran las AFP tiene condición de intangible por Ley, ya que su destino es brindar protección al momento de la jubilación. Sin embargo, cuando se opta por la libre disponibilidad y se retira de la cuenta individual, pierde dicha protección”, se lee en el comunicado de la SBS.

Según la SBS, los retiros extraordinarios dictados por los Decretos de Urgencia N.° 034 y N.° 038, contaban con una disposición expresa que preservan su condición de intangible, tras salir de la cuenta en la AFP ; pero la ley N.° 31017, aprobada por el Congreso, no lo establece así.

“Algunas cuentas del sistema financiero tienen cargos automáticos, como pago de deudas, embargos judiciales, entre otros. Por ello, los afiliados, bajo la Ley N.° 31017, deben considerar este factor, al decidir en qué cuenta se va a depositar”, advirtió la entidad.

¿Qué debo hacer para solicitar mi retiro?

Las AFP establecerán y difundirán los canales de información y atención de las solicitudes de los afiliados. En este sentido, deberán cuidar que el proceso de registro de las solicitudes sea sencillo y ágil. Por ello, deberá comunicarse con la entidad a la que haya abonado.

Fuente : Radio Capital

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