La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) aprobó los Lineamientos para la regularización y rectificación de datos en las Centrales de Riesgos, mediante la Resolución SBS N° 02531-2025. Esta norma también modifica el Reglamento de Infracciones y Sanciones.
Las normas son aplicables a las entidades señaladas en los literales A y B del artículo 16° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS, así como al Banco de la Nación, el Banco Agropecuario, la Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide) y el Fondo Mivivienda S. A.
Se establecen 02 modalidades de corrección:
Rectificaciones, que comprenden tanto las ordinarias como las derivadas de reclamos por operaciones no reconocidas que hayan sido declaradas procedentes por la entidad correspondiente.
Regularizaciones, que se refieren a deuda morosa previamente reportada.
Por estos casos, las empresas podrán solicitar la actualización de la información mediante el Reporte de Rectificaciones y Regularizaciones del Reporte Crediticio de Deudores (RRCD).
La SBS, a su vez, informará las solicitudes aceptadas mediante el Reporte Consolidado de Rectificaciones y Regularizaciones del RCD, disponible en el portal del supervisado. Este reporte complementará y actualizará los datos registrados en la Central de Riesgos, facilitando una evaluación crediticia más precisa del cliente o usuario.
Finalmente, la resolución tipifica como infracción leve el incumplimiento de los plazos y condiciones establecidos para rectificar errores o regularizar deuda morosa, incluyendo los casos de operaciones no reconocidas que resulten procedentes.
FUENTE : SBS